propósito sea impedir que los empleados den por terminada la relación laboral si así lo desean. Discriminación, trato justo y equitativo Queda terminantemente prohibida toda forma de discriminación. Los proveedores deberán basar sus decisiones de contratación en los méritos y cualificaciones. Asimismo, ningún proveedor deberá discriminar a una persona por su raza, color de piel, religión o credo, género o expresión de género, edad, origen o procedencia, estado de salud, estado civil, orientación sexual, discapacidad mental o física, o condición social. Queda prohibida también toda forma de acoso ya sea físico, psicológico, verbal, sexual o de cualquier otro tipo. Libertad sindical y negociación colectiva Los proveedores deberán respetar el derecho de los trabajadores a crear sindicatos o afiliarse a ellos y a la negociación colectiva, así como el derecho de no unirse a ningún sindicato, si así lo desean. Si la libertad de asociación y la negociación colectiva están limitadas por las leyes y normas del país en cuestión, los empleados deberán tener libertad para crear medios paralelos para poder asociarse y realizar la negociación colectiva de forma independiente y libre. Salarios y prestaciones Los proveedores deberán proveer salarios y prestaciones que cumplan los requisitos de las leyes, las normas y/o los convenios colectivos aplicables del país en cuestión en lo referente al salario base, las prestaciones y las horas extraordinarias. Los salarios se deberán pagar puntualmente y en el plazo y la forma acordados, o conforme a las leyes y normas locales en vigor. Las deducciones del salario siempre deberán hacerse de forma transparente y no se utilizarán nunca como medida disciplinaria. Condiciones laborales Los proveedores deberán cumplir todos los requisitos de las leyes y normas aplicables del país en cuestión en materia de contratos laborales. En ausencia de leyes o normas al respecto, los proveedores deberán entregar un contrato laboral por escrito en el que se describan los términos de la relación laboral. Asimismo, los proveedores deberán ofrecer todas las prestaciones exigidas por las leyes y normas del país en cuestión, incluidas, entre otras, vacaciones anuales, licencias por maternidad y paternidad, y seguridad social, según proceda. No se deberán utilizar programas de formación ni contratos temporales o de otro tipo como método para eludir el pago de prestaciones a los empleados.
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